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¿Qué pasa si no me encuentro al

día de mi Crédito con Aval del Estado?

La reforma a la Ley 20.027 establece que los nuevos beneficios asociados al pago del Crédito (la rebaja de tasa al 2%; el Pago del CAE con cuotas no mayores al 10% de la Renta; y la Suspensión del Cobro por Cesantía o Desempleo) aplican únicamente si el deudor no tiene morosidad. Por lo tanto, si adeudas cuotas de tu CAE, la recomendación es que regularices tu situación en el banco que te otorgó el financiamiento para tus estudios, de manera que puedas acogerte a estos beneficios.

Si aún estoy estudiando, puedo comenzar a pagar desde ya las cuotas con la rebaja al 2%

No, la rebaja aplica a la cuota y únicamente cuando se inicia el cuadro de pago del Crédito CAE. Sin embargo, a partir del momento en que el financiamiento es entregado por el banco a tu casa de estudios, puedes voluntariamente pagar cada mes los intereses, de manera que no se sumen al monto de crédito que pediste. También puedes hacer prepagos (pagos anticipados de la deuda), en la medida que cada prepago represente a lo menos el 10% del total adeudado (incluyendo comisión e intereses).

Recuerda que puedes

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