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Crédito Hipotecario

Accede a la vivienda de tus sueños, nueva o usada.

Crédito Hipotecario

Obtén hasta el 90% de financiamiento para acceder a la vivienda de tus sueños

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Ventajas del Crédito Hipotecario

Financiamiento hasta 90%

Para la compra de viviendas nuevas o usadas, sujeto a evaluación comercial.

Hasta 2 meses de no pago

De tu dividendo al año, a partir del segundo año.

De 1 a 6 meses de gracia

Para el pago de tu primer dividendo .

Pareja de jóvenes sonriendo
Opta a tasa preferencial

Al contratar o tener un plan de cuenta (Cuenta Corriente o Chequera Electrónica más línea de crédito).

Cargo automático (PAC)

En tu Cuenta Corriente, Chequera Electrónica o Cuenta RUT. 

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Para optar a un mayor monto de financiamiento.

Hombre gritando con celular en la mano

¿Qué incluye?

De 1 a 6 meses de gracia

Para el pago de tu primer dividendo.

Opciones de tasas de interés

Puedes optar a tasa fija, variable o mixta.

Hasta 30 años plazo

Elige en cuántos años pagar tu Crédito: 8, 12, 15, 20, 25 y 30 años (Créditos en UF).

Monto crédito desde UF 350

Monto mínimo que puedes solicitar.

Todo lo que necesitas saber

  • Ser mayor de 18 años.
  • Tener nacionalidad chilena o extranjera con más de un año de permanencia definitiva.
  • Tener buenos antecedentes comerciales y ser sujeto de crédito según la Política Crediticia del Banco. 
  • Si eres trabajadores dependientes debes tener antigüedad laboral de a lo menos 1 año o continuidad laboral de a lo menos 6 meses con el actual empleador.
  • Si eres trabajador Independiente:
    • Profesional, debes tener a lo menos 1 año desde la Iniciación de Actividades.
    • Técnico, Comisionista u otra prestación de servicios, debes tener a lo menos 2 años desde la Iniciación de Actividades.
  •  Si eres Socio de Empresa o persona natural con o sin giro comercial, debes tener a lo menos 2 años de antigüedad. 
  • Acreditar domicilio.

Si eres trabajador Dependiente:

  • Certificado que indique antigüedad, renta mensual y tipo de contrato que posees (debe ser contrato indefinido). El documento debe estar firmado y timbrado por el empleador.
  • Si tienes renta fija, 3 últimas Liquidaciones de Sueldo.
  • Si tienes renta variable, 6 últimas Liquidaciones de Sueldo.
  • Certificado de cotizaciones previsionales de los últimos 12 meses emitido por la AFP o fotocopias de las planillas del INP, cuando corresponda.

Si eres trabajador Independiente:


  • Formulario de Iniciación de Actividades.
  • Boletas de Honorarios correspondientes a los últimos 6 meses.
  • Últimas 2 Declaraciones de Impuestos Anual a la Renta o Global Complementario.

Si eres Jubilado o Pensionado:

  • Última Liquidación de Jubilación o Pensión.

Si eres Rentista: 

  • Contrato de arriendo de bienes raíces suscrito a tu nombre, debidamente notariado con antigüedad mínima de 1 año o con un anexo de contrato notariado, que acredite la vigencia del arriendo (en caso de estar suscrito por un tercero, debe indicar que se arrienda en representación de su dueño).
  • Certificado de Dominio Vigente de las propiedades sujetas a contrato de arriendo o usufructo debidamente acreditado (si la propiedad arrendada se encuentra en garantía a favor de BancoEstado, se podrá validar internamente, sin exigir este certificado). 
  • Comprobante de transferencia electrónica o cartola de cuenta bancaria, con el monto del arriendo últimos 6 meses (El pago del arriendo debe ser mensual).
     

Si eres Socio de una Empresa o persona natural con o sin giro comercial:

  • Declaración de Impuestos Anual a la Renta Personal de los 2 últimos años. 
  • Balances Tributarios y Declaración de Impuesto a la Renta de las sociedades en que ha participado durante los 2 últimos años. 
  • Declaración Mensual de IVA o PPM de las empresas en que participa, de los últimos 12 meses. 
  • Escritura, Extracto de la Publicación en el Diario Oficial y Vigencia de la Sociedad.

Revisa los documentos legales que necesitas aquí.

Corresponden a los gastos estimados asociados a tu crédito hipotecario. Estos gastos debes provisionarlos una vez que tengas tu crédito aprobado para el pago de los siguientes ítems:

Tasación, informe que realiza un tasador (ente externo al Banco) que permite conocer el valor comercial de la propiedad y definir el monto que el Banco podrá financiar. El costo de la tasación va a depender de la localidad y del valor de la propiedad.

Estudio de Títulos, informe legal de la propiedad que permite asegurar que no exista ninguna situación de ámbito legal que impida su venta o la posterior inscripción de la hipoteca en el Conservador de Bienes Raíces, por ejemplo que la propiedad no esté sujeta a expropiación o que todas las contribuciones están pagadas, que los cambios de dueños anteriores estén en regla, etc. Con el estudio de títulos aprobado se confecciona la Escritura de compraventa.

Confección de la Escritura, documento que confecciona el área legal del Banco, en él se pactan las condiciones de compraventa de la propiedad y se especifican las condiciones del crédito hipotecario.

Gastos notariales: corresponden al pago de impuestos y honorarios, pago se realiza en la Notaría al momento de la firma de la escritura y pueden variar según el valor de la vivienda y la localidad en dónde se encuentre la notaria.

Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces: Una vez firmada la Escritura por todas las partes involucradas, se ingresa al Conservador de Bienes Raíces, en donde se inscribe la propiedad a nombre del nuevo comprador, acreditando su dominio sobre ella y la hipoteca a favor de BancoEstado. El costo asociado a esta inscripción corresponde a un porcentaje sobre el valor de la vivienda.

Seguros Obligatorios:

Seguros de Desgravamen: Cubre el saldo insoluto de la deuda del crédito ante muerte natural o accidental del asegurado.

Incendio y Sismo: Cubre los daños en caso de incendio de la propiedad en garantía y la cobertura adicional de sismo cubre los daños materiales que sufra la propiedad a consecuencia de un sismo, ambos hasta el monto que se ha contratado. No cubre daños que sufran los bienes al interior de la vivienda.

Desempleo o Incapacidad Temporal: Es obligatorio sólo para créditos con Subsidio y financiado por el Ministerio de Vivienda. Se selecciona uno u otro según su condición laboral del cliente (dependiente o independiente) al momento de la contratación. Cubre por un período determinado, las cuotas correspondientes al servicio de la deuda del asegurado que no puedan ser pagadas a causa de cesantía involuntaria o incapacidad temporal.

Seguros Opcionales:

Desgravamen con Invalidez Total y Permanente 2/3: Adicional al seguro de desgravamen, cubre la invalidez total y permanente 2/3 en caso de una enfermedad o accidente que implique la pérdida de 2/3 de la capacidad de trabajo ya sea incapacidad física o intelectual.

Desempleo o Incapacidad Temporal: Cubre por un período determinado, las cuotas correspondientes al servicio de la deuda del asegurado que no puedan ser pagadas a causa de cesantía involuntaria o incapacidad temporal.

Existen 3 tipos de tasas a los que se puede optar dependiendo del tipo de financiamiento:


Fija: Tasa fija durante todo el período del crédito que se pacta en el origen del crédito.


Mixta: Tasa fija por los primeros 3 o 5 años y luego tasa fija por el resto del período dependiendo del plazo total solicitado, ambas se pactan en el origen del crédito.


Variable: Tasa fija por los primeros 3 o 5 años que se pacta en el origen y luego variable año a año a partir del cuarto o sexto año respectivamente.

Preguntas Frecuentes acerca del Crédito Hipotecario

¿Qué es un Crédito Hipotecario y para qué puedo solicitarlo?

Es un crédito destinado a la compra de una vivienda nueva o usada, en donde la propiedad debe quedar en garantía o hipotecada a favor del Banco que te entrega el financiamiento, por todo el período de duración del crédito.

El monto del financiamiento va a depender del valor de tasación de la propiedad, de tu capacidad de ahorro (pie) y de pago mensual del dividendo.

El plazo máximo del crédito puede ser de hasta 30 años, sujeto a la política comercial y de riesgo del Banco.

¿En qué consiste el período de gracia de un Crédito Hipotecario?

El período de gracia sólo aplica para el pago del primer dividendo, es optativo y se puede pactar de 1 a 6 meses. Durante este período no se pagarán dividendos y los intereses y primas de seguros generados durante este periodo se pagarán en el primer dividendo. 

¿En qué consisten los meses de no pago o sabáticos de un Crédito Hipotecario?

Los meses de no pago o sabáticos pueden ser 1 o 2 veces en el año y se fijan al momento de contratar el crédito. Rigen a contar del segundo año y no pueden ser meses consecutivos. Este atributo solo lo tiene el Crédito Hipotecario tasa fija y tasa variable.

¿Se pueden hacer prepagos en un Crédito Hipotecario?

Todos los créditos hipotecarios aceptan prepagos totales o parciales en cualquier mes del año, a excepción de los Créditos Hipotecarios con letras, para los cuales no se puede realizar el prepago en los meses de corte de cupón.

El monto del prepago debe ser como mínimo un 10% del saldo, y tendrá un costo para el cliente del equivalente a 1,5 meses de intereses. Todo prepago parcial disminuye el valor del dividendo, manteniendo inalterable el plazo residual del crédito. 

Revisa en nuestro Centro de Ayuda más Preguntas Frecuentes: