Manos sosteniendo planta germiando

Fondos Concursables

18/07/2024

FONDEVE 2024

Inicio: 15 Jul. 24 Fecha de inicio de postulaciones

Cierre: 16 Ago. 24 Fecha de cierre de postulaciones

Más información en: https://www.fondos.gob.cl/ficha/muncruz/fondeve2024delacruz/

La Ilustre Municipalidad de La Cruz representada por su Alcaldesa Filomena Navia Hevia y el Honorable Concejo Municipal, invitan a todas las organizaciones sociales de la comuna, constituidas bajo la Ley 19.418 a participar en el Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) mediante su modalidad de proyectos de Fondo Concursable Municipal. Esta iniciativa tiene por objetivo contribuir al desarrollo y fortalecimiento de las organizaciones sociales en el territorio para promover la asociación y la participación comunitaria, apoyando proyectos específicos de interés común en el ámbito local.

Requisitos de Postulación

  1. 1.- Podrán participar todas las Organizaciones Comunitarias de la comuna de La Cruz que cuenten con personalidad jurídica y directiva vigente al momento de postular y firmar el convenio. No se considerará antigüedad al momento de postular, sin embargo, no se aceptarán postulaciones con directiva provisoria.
  2. 2.- Las organizaciones que postulen al FONDEVE no deberán tener deudas o rendiciones de cuentas pendientes por concepto de subvenciones o aportes entregados durante el año 2024 por el municipio. Corresponderá a la Dirección de Administración y Finanzas certificar lo anterior al momento de la postulación. Sin perjuicio de lo anterior, las organizaciones que tengan rendiciones pendientes de fondos otorgados durante el año 2024, dispondrán de un plazo máximo hasta el término de la postulación a los Proyectos FONDEVE para sanear su situación.
  3. 3.- Los proyectos deberán ser presentados y suscritos por la directiva de la Organización postulante, adjuntando el acta de la asamblea en que consten los acuerdos adoptados, incluyendo la nómina de los socios asistentes. Se considerarán solo las actas que contengan un mínimo de:
  • 30 socios para organizaciones territoriales y funcionales de índole vecinal.
  • 10 socios para organizaciones funcionales.